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viernes, 31 de enero de 2020

Último día para cambio de entidad médica

31 de Enero de 2020
 
 
 
Hoy, 31 de enero es el último día para el cambio ordinario de entidad médica.

Recuerda comprobar que tus médicos siguen en el cuadro médico de tu entidad.

El Concierto sanitario vigente fue firmado por 6 entidades médicas que se suman con opción a los Servicios Sanitarios Públcios de cada Comunidad Autónoma.

Si tienes alguna duda consulta a los Delegados de CSIF de tu provincia.


Cambio de Entidad Médica. (Pincha aqui)

SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA​ (Pincha aqu)

Consulte el cuadro médico de su Entidad Médica (2020)




 
 
Ficheros Adjuntos:

Gestión: relación de aprobados examen incidencias y convocatoria tercer ejercicio

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/764/2019, de 10 de julio (BOE de 15)
29 de Enero de 2020
 
 
 
Se acaba de publicar en la web del Ministerio, el acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se hacen públicas las relaciones de aspirantes de cada ámbito territorial, que han alcanzado el mínimo establecido en el punto 1.4 del Anexo I (IA fase de oposición) de la Orden de convocatoria para superar el primer y segundo ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de ellos. Los aspirantes no incluidos en la relación de aprobados del segundo ejercicio tienen la consideración de “no aptos” y quedan excluidos del proceso selectivo.

Se convoca a todos los aspirantes incluidos en la lista de aprobados del segundo ejercicio a la celebración del tercer ejercicio que tendrá lugar el próximo domingo 23 de febrero de 2020, a las 11:00 horas (10:00 horas en Canarias). Los lugares en los que se celebrará dicho ejercicio se publicarán en la página web del Ministerio de Justicia próximamente.
Documentos asociados

CSIF inicia la ronda de contactos con el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios sobre el Registro civil

28 de Enero de 2020
 
 
Una vez que la nueva legislatura se ha puesto en marcha y, por lo tanto, tenemos interlocutores tanto en el Congreso como en el Ministerio de Justicia, CSIF se ha dirigido a los grupos políticos con representación en el Congreso de los Diputados, 17 en total, y al Ministerio de Justicia (Ministro y Director General de Registros y del Notariado) para conocer su posición sobre el futuro del Registro civil y, en particular, sobre la proposición de ley presentada en el Congreso por el grupo parlamentario popular. Como ya os hemos informado el pasado lunes, esta proposición de ley contiene dos de las principales reivindicaciones de los funcionarios de Justicia en materia de Registro civil:
  1. El nuevo modelo de Registro Civil se configura como un servicio público adscrito a la Administración de Justicia y gestionado por funcionarios de Justicia con los Letrados como encargados.
  2. Se mantiene la estructura actual del Registro civil incluyendo a los Juzgados y Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz.
En general, los grupos parlamentarios que hasta la fecha han atendido nuestra petición de reunión se han mostrado receptivos a poner fin a la “vacatio” aprobando esta reforma parcial de la Ley 20/2011, aunque falta conocer la opinión del Ministerio de Justicia que, en estos momentos, está en pleno proceso de cambio de sus altos cargos.
Para CSIF que en la proposición de ley se recojan esas dos reivindicaciones es positivo, pero echamos en falta algunas cuestiones que hemos trasladado y vamos a seguir trasladando a los grupos parlamentarios y al Ministerio:
  • El nuevo Registro civil debe aprovechar el potencial de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y sus perfiles profesionales. Para CSIF, esto implica que:
  • debe atender a la realidad de los Registros civiles, donde son los funcionarios quienes cargan con funciones y tareas esenciales, a veces por encima de lo legalmente establecido, para asegurar una prestación razonablemente eficaz del servicio público a pesar de la crónica falta de medios.
  • no puede obviar esta realidad y, como mínimo, debe dotar con funciones de valor añadido a todos los cuerpos. La tecnología no lo es todo. El Registro civil no es un mero registro administrativo como algunos pretenden. Es mucho más que eso, pues está ligado al estado civil de las personas que es el origen del disfrute y titularidad de derechos fundamentales. Por eso el factor humano debe estar muy presente en los procedimientos del Registro civil.
  • debe reconocer laboral y retributivamente estas funciones a todo el personal de los Registros.
  • Además, CSIF ha recordado el oscurantismo existente en torno a la nueva aplicación informática del Registro civil que es imprescindible para que la Ley entre en vigor. En este sentido, CSIF está insistiendo en que este nuevo programa no debe quedarse en una simple base de datos, sino que debe tener un módulo de gestión y tramitación de expedientes y procedimientos del Registro civil que uniformice el trabajo en todos los Registros civiles.
  • En tercer lugar, CSIF cree que deben existir unas normas de competencia o de distribución del trabajo para las funciones de inscripción, calificación y tramitación de expedientes manteniendo una “ventanilla única” para la presentación de documentación o certificación.
  • El Registro civil debe ser un órgano especializado en estado civil de las personas y, en consecuencia, deben retornar las competencias en materia de matrimonios y expedientes de nacionalidad.
  • Los Juzgados de Paz y Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, en especial, los que cuentan con dotación de personal de Justicia deben ser más que oficinas de recepción de documentación o información y deberían constituirse en oficinas delegadas de Registro civil al frente de las cuales debe haber un Gestor procesal.
CSIF no va a cejar y va a seguir con sus acciones e iniciativas para defender el Registro civil dentro de la Administración de Justicia y para que, de una vez por todas, se ponga en valor el capital humano de los Cuerpos de funcionarios/as de la Administración de Justicia. 
ESCRITO PRESENTADO AL DIRECTOR GENERAL DE REGISTROS Y DEL NOTARIADO

Examen Incidencias y sede, Tramitación Procesal y Administrativa. Acceso Libre. Comunidad de Madrid.

Se ha publicado en la página web del Ministerio nota informativa relativa al examen de incidencias del primer ejercicio de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal en la Comunidad de Madrid así como la sede del mismo.
30 de Enero de 2020
 
 
 
Examen de incidencias Comunidad de Madrid.
Se informa que el examen de incidencias del primer ejercicio de las pruebas selectivas para el ingreso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (B.O.E. 31 de agosto), se celebrará en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, sita en la C/ Gran Vía, nº 43, 28013 Madrid, Sala de Reuniones de la 7º Planta.

Accede a la información de la web del Ministerio

Guía de Vacaciones, Permisos, Licencias y Excedencias del personal de Justicia 2020

Ámbito Ministerio
30 de Enero de 2020
 
 
 
Desde CSIF os dejamos la nueva guía de vacaciones, permisos, licencias y excedencias del personal de la Administración de Justicia del Ámbito Ministerio actualizada a 2020.

Os adjuntamos una Guía con el articulado que lo regula así como una Tabla Resumen.

Para más información o cualquier duda contacta con tu delegado sindical.

Tramitación promoción interna: Rectificación valoración provisional de servicios prestados

TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO PROMOCIÓN INTERNA, Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo (BOE de 8 de abril)
29 de Enero de 2020

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia el Acuerdo de 29 de enero por el que se rectifica la valoración provisional de servicios prestados.

 
Documentos asociados

Nueva estructura del Ministerio de Justicia

29 de Enero de 2020
 
 
 
El BOE de hoy publica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales en cuyo artículo 2 se establece la estructura del Ministerio de Justicia.

"Artículo 2. Ministerio de Justicia.

1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
  • a. La Dirección General para el Servicio Público de Justicia
  • b. La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia
  • c. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.
B) La Subsecretaría de Justicia, de la que depende la Secretaría General Técnica.
C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.

2. Quedan suprimidas la Secretaría General de la Administración de Justicia, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos, la Dirección General de los Registros y del Notariado, la Dirección General para la Memoria Histórica y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos."
Una remodelación profunda de lo que ha venido siendo la estructura del Ministerio en los últimos decenios y de la que falta conocer las competencias de cada uno de sus órganos y los nombres de sus titulares.

Galicia: cursos de lengua gallega para obtener los certificados Celga 1, 2, 3 y 4

29 de Enero de 2020
CSIF INFORMA: Se ha publicado en el DOGA de hoy (29-enero-2020), la siguiente resolución:

RESOLUCIÓN do 17 de xaneiro de 2020, da Secretaría Xeral de Política Lingüística, pola que se anuncia, con carácter voluntario e gratuíto, a convocatoria de cursos de lingua galega preparatorios das probas para obter os certificados de lingua galega Celga 1, Celga 2, Celga 3 e Celga 4 (código de procedemento PL600A).

Persoas destinatarias 1. Os cursos preparatorios para os certificados de lingua galega (Celga) poderán ser solicitados por todas as persoas maiores de dezaseis anos ou por aquelas que os fagan no ano natural da convocatoria, que desexen mellorar o seu coñecemento e dominio do galego e preparar as probas que a Secretaría Xeral de Política Lingüística convoca periodicamente para certificar a competencia nesta lingua.

Solicitudes e prazo 1. Para conseguir o axeitado rendemento e o aproveitamento do curso hai que procurar a homoxeneidade dos coñecementos do alumnado. Polo tanto, á hora de formular a solicitude dun curso dun determinado nivel Celga, deberase ter en conta a definición de contidos previstos na Orde do 16 de xullo de 2007 pola que se regulan os certificados oficiais acreditativos dos niveis de coñecemento da lingua galega (Celga), publicada no Diario Oficial de Galicia núm. 146, do 30 de xullo de 2007 (corrección de erros no DOG núm. 178, do 13 de setembro). 2. No caso dos cursos presenciais: As persoas que desexen participar nestes cursos deberán cubrir o formulario de solicitude, segundo o modelo PL600A, que se publica como anexo I, e dirixilo á xefatura territorial da Consellería de Cultura e Turismo da provincia que corresponda. Os formularios de solicitude estarán dispoñibles na sede electrónica da Xunta de Galicia, no enderezo https://sede.xunta.gal. No caso de que unha persoa precise apoio para realizar o curso presencial por mor dunha discapacidade, indicará na súa solicitude o apoio concreto que necesita, cuxa concesión será valorada pola Secretaría Xeral de Política Lingüística.

As solicitudes presentaranse preferiblemente por vía electrónica a través do formulario normalizado dispoñible na sede electrónica da Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Opcionalmente, poderanse presentar as solicitudes presencialmente en calquera dos lugares e rexistros establecidos na normativa reguladora do procedemento administrativo común.
Para a presentación das solicitudes poderá empregarse calquera dos mecanismos de identificación e sinatura admitidos 

Ficheros Adjuntos: 

MUGEJU: Asistencia sanitaria en el extranjero desplazamientos temporales

Contratación de una póliza de asistencia sanitaria en el extranjero para desplazamientos temporales del colectivo de la Mutualidad General Judicial
29 de Enero de 2020
 
 
 
Se acaba de publicar en el BOE el anuncio de formalización de contratos de: Mutualidad General Judicial MUGEJU. Objeto: Contratación de una póliza de asistencia sanitaria en el extranjero para desplazamientos temporales del colectivo de la Mutualidad General Judicial. Expediente: ABA 01/2019 SANIT EXT.

Comisiones de Servicio Granada y Jaen

Se ofertan dos plazas de Auxilio Judicial
31 de Enero de 2020



Adjuntamos enlaces a las convocatorias publicadas en el Portal Adriano
Granada: 1 plaza de Auxilio Judicial en la Sección 2ª de la Audiencia Provicial 

El Plazo de solicitud finaliza el 4 de febrero


Jaén: 1 plaza de Auxilio Judicial en el Juzgado de lo Social nº 3 de Jaén.

El Plazo de solicitud finaliza el 3 de febrero.


jueves, 30 de enero de 2020

COMISION DE SERVICIOS ANDALUCIA GRANADA

 
 
 
PUESTOS A CUBRIR POR COMISIÓN DE SERVICIO Y SUBSIDIARIAMENTE POR SUSTITUCIÓN VERTICAL
Cuerpo: Auxilio Judicial - Destino: Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada
Fecha de Publicación: 28/01/2020

Plazo: cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.