La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, reitera todo su apoyo y solidaridad
a las personas allegadas a las víctimas y en general a todos los
afectados por los efectos devastadores de la DANA en diferentes puntos
de España, en especial en zonas de la Comunidad Valenciana, Castilla la
Mancha y Andalucía, donde hay que lamentar más de doscientas víctimas.
Ante esta situación, concretamente en Valencia, CSIF
se ha puesto a disposición de la ciudadanía valenciana y todo el
personal sanitario y de emergencias del sindicato se ha incorporado a su
puesto de trabajo a las órdenes de las direcciones de los diferentes
centros.
Además, nuestra organización va a llevar a cabo las siguientes iniciativas:
- Actuaremos
de enlace con las organizaciones no gubernamentales e instituciones que
están colaborando en la red de recogida de material de necesidad y
alimentos para facilitar las tareas de coordinación con la Comunidad
Valenciana.
- Activaremos un servicio de atención a trabajadores y en general afectados por la DANA
para informarles sobre sus derechos y medidas de protección social,
laboral y para el cobro de seguros que se pueden adoptar en estos
momentos de emergencia.
- En este sentido, desde CSIF trasladamos
al Gobierno la necesidad de reactivar las medidas excepcionales en el
ámbito laboral que se pusieron en marcha durante la pandemia para
proteger a los trabajadores afectados y que se hayan visto obligados a
interrumpir su actividad laboral; medidas de conciliación y de
prevención laboral para las personas que trabajan en las tareas
humanitarias y de emergencia, medidas en materia económica y fiscal.
Estas son las medidas propuestas:
- Medidas para garantizar la seguridad de las personas y la conciliación:
- Asegurar
alojamiento a los vecinos que no pueden recurrir a una alternativa
habitacional, por la pérdida o deterioro grave de sus domicilios,
mediante la puesta a disposición de los afectados del parque de
viviendas de titularidad pública y habilitación de los espacios
necesarios.
- Medidas
para garantizar el avituallamiento global de todas las personas
afectadas, mediante el suministro de agua, productos de carácter básico y
alimentos.
- Garantizar el reparto y suministro de medicamentos.
- Llevar
a cabo todos los trabajos de limpieza, desescombro y retirada de
vehículos, maleza y objetos, al objeto de garantizar la accesibilidad de
los afectados a sus domicilios y servicios públicos.
- Potenciar
las acciones encaminadas al restablecimiento de los servicios de
suministro de energía y/o instalación de generadores, donde sea
necesario.
- Despliegue de los efectivos del ejército, que sean necesario, así como de cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.
- Dotar
a los trabajadores de los equipos, vehículos, medidas de protección y
recursos necesarios para llevar a cabo las intervenciones de emergencia
de rescate y limpieza.
- Agilización
de los trámites y resolución de los expedientes para las concesiones de
ayudas, por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.
- Permisos retribuidos para atender daños en las viviendas.
- Recuperación de los días de permiso retribuido recuperable, de al menos cinco días.
- Flexibilidad horaria para gestiones administrativas relacionadas con la catástrofe.
- Aplicación de la modalidad de teletrabajo hasta que se reestablezca la normalidad.
- Medidas en materia económica
- Ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
- Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
- Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes.
- Ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios
- Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular.
- Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.
- Líneas de crédito especiales para empresas y trabajadores autónomos afectados.
- Ayuda para el transporte si el trabajador debe desplazarse a su centro de trabajo.
- Medidas en materia fiscal:
- Exención
de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondiente al
presente ejercicio presupuestario que afecte a viviendas,
establecimientos industriales, turísticos y mercantiles, explotaciones
agrarias, ganaderas y forestales, locales de trabajo y similares,
prorrogable a los siguientes ejercicios.
- Reducción
en el Impuesto sobre Actividades Económicas, correspondiente al
presente ejercicio presupuestario, a las industrias de cualquier
naturaleza, establecimientos mercantiles, turísticos y profesionales,
cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hayan sido
dañados, prorrogable a los siguientes ejercicios.
- Las
exenciones y reducciones de cuotas en los tributos señalados en los
ordinales anteriores comprenderán las de los recargos legalmente
autorizados sobre los mismos.
- Los
contribuyentes que, teniendo derecho a los beneficios establecidos en
los ordinales anteriores, hubieren satisfecho los recibos
correspondientes a dicho ejercicio fiscal, podrán pedir la devolución de
las cantidades ingresadas.
- Exención
de las tasas del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico para la
tramitación de las bajas de vehículos solicitadas como consecuencia de
los daños producidos, y la expedición de duplicados de permisos de
circulación o de conducción
- Las ayudas por daños personales estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Se
acuerde una reducción de los índices de rendimiento neto de las
explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas
siniestradas.
- En materia Laboral y de Seguridad Social:
- Que
todas las lesiones y fallecimientos ocasionados por la DANA ocurridos
durante la jornada laboral y en el desplazamiento a su centro de trabajo
se declaren como accidente de trabajo.
- Las
extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las
reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa
directa en la emergencia, así como en las pérdidas de actividad
directamente derivadas de la misma se considerarán provenientes de una
situación de fuerza mayor, con las consecuencias que se derivan de los artículos 47 y 51
del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
En el primer supuesto, la Tesorería General de la Seguridad Social
podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad
Social y por conceptos de recaudación conjunta mientras dure el periodo
de suspensión, manteniéndose la condición de dicho período como
efectivamente cotizado por el trabajador. En los casos en que se
produzca extinción del contrato, las indemnizaciones de los trabajadores
correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial, con los límites
legalmente establecidos. En el supuesto que se decida por la empresa la
suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo
con base en circunstancias excepcionales, el Servicio Público de Empleo
estatal podrá autorizar que el tiempo en que se perciban las
prestaciones por desempleo, reguladas en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,
que traigan su causa inmediata de las emergencias, no se compute a los
efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos.
Igualmente, en esos supuestos, se podrá autorizar que reciban
prestaciones por desempleo aquellos trabajadores que carezcan de los
períodos de cotización necesarios para tener derecho a ellas.
- Para
las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en
cualquier régimen de la Seguridad Social se acuerde una moratoria de
hasta, al menos, un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la
Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta
correspondientes a tres meses naturales consecutivos, a contar desde el
anterior a la producción del siniestro o, en el caso de trabajadores
incluidos en el Régimen Especial de los trabajadores por cuenta propia o
autónomos, desde el mes en que aquél se produjo.
- Los
cotizantes a la Seguridad Social que tengan derecho a los beneficios
establecidos en los ordinales anteriores y hayan satisfecho las cuotas
correspondientes a las exenciones o a la moratoria de que se trate
podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas, incluidos, en
su caso, los intereses de demora, los recargos y costas
correspondientes, en los términos legalmente previstos. Si el que
tuviera derecho a la devolución fuera deudor a la Seguridad Social por
cuotas correspondientes a otros períodos, el crédito por la devolución
será aplicado al pago de deudas pendientes con aquélla en la forma que
legalmente proceda.
- Que
el desempleo consumido en los ERTES de fuerza mayor temporal no reste
al cómputo general de las personas trabajadoras que se acojan a esta
figura.
- Prohibición del despido por motivo o causa directa o indirecta de la DANA.
INFORME DE SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN VALENCIA
Por otra parte, la
situación de los servicios públicos en Valencia, provincia más afectada
por las inundaciones, sigue siendo caótica, con imposibilidad de acceso
a numerosos edificios públicos de la administración autonómica, centros
educativos cerrados, juzgados paralizados, y los trabajadores de la
Administración General del Estado (SEPE, Seguridad Social, entre otros
teletrabajando) para garantizar el funcionamiento de las prestaciones a
los ciudadanos. Además, las carreteras continúan con circulación
cortada o restringida y siguen sin funcionar MetroValencia ni las
Cercanías de Renfe.
En el ámbito sanitario hay 54 centros afectados y 12 completamente devastados
que no pueden desarrollar la actividad. Las localidades afectadas
tienen un punto de asistencia urgente reorganizando la atención
programada en centros de salud cercanos. Se han puesto en marcha líneas
de autobuses para garantizar la llegada del personal sanitario y todos
los pueblos tienen puntos de atención sanitaria urgente.
En
la educación destacamos la respuesta organizada a través de comités de
emergencia formados por directivos, docentes, personal de mantenimiento y
representantes de las familias. Además desde nuestra organización se
han propuesto grupos de apoyo psicológico para ayudar tanto a
estudiantes como a personal educativo que han sufrido el impacto
emocional de esta situación.
En Instituciones Penitenciarias
también se ha reclamado un refuerzo específico y de reorganización de
turnos (con guardia de 24 horas y una jornada de descanso) teniendo en
cuenta que los relevos de personal se demoran por la dificultad de los
accesos a las prisiones.
Desde
CSIF reclamamos apoyo para nuestros servicios básicos y agradecemos el
esfuerzo de todos/as nuestros servidores públicos. La labor que están
haciendo es encomiable en esta catástrofe, en muchos casos jugándose sus
vidas. Su trabajo y sacrificio es impagable. Los empleados públicos
siempre actúan con responsabilidad, profesionalidad y arrojo en momentos
difíciles, como en esta ocasión y es justo reconocerlo.