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miércoles, 12 de septiembre de 2018

Convocatoria de las nuevas bolsas de personal interino de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid

¿Qué debo saber? En CSIF te aclaramos algunas de las dudas


 
Por fin la Comunidad de Madrid publica la convocatoria de las nuevas bolsas de interinos de la Administración de Justicia
En el día de hoy se convocan por fin las nuevas bolsas de personal funcionario interino de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. (Acceso a la convocatoria en BOCM de 12.09.2018)
Con el decreto que hoy se publica, se amplía el requisito para poder acceder a las bolsas al superar algún ejercicio de los procesos selectivos convocados este año 2017, pero como son muy espléndidos, cierran la puerta a los opositores que podrían acreditar este requisito en 2008 (que sí figuraba en borradores anteriores). También se han cargado de un plumazo la vigencia de las bolsas atribuyéndose la potestad de promover una nueva convocatoria cuando a la Consejería le interese, arbitrariedades que en CSIF rechazamos rotundamente.
Con el objeto de resolver algunas de las dudas que nos estáis trasladando y facilitar información sobre los requisitos que serán necesarios para poder solicitar la inclusión en las futuras bolsas de Auxilio Judicial, Tramitación y Gestión, os hacemos un pequeño resumen con lo más destacable.
¿Qué plazo tengo para presentar la solicitud de inclusión en las nuevas bolsas?
El plazo para la presentación de las solicitudes es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del decreto en el BOCM. Es decir, desde el día 13 de septiembre al 10 de octubre, ambos inclusive.
¿Dónde tengo que presentar la solicitud?
  1. En el registro electrónico de la Consejería competente en materia de Justicia, así como en los restantes registros electrónicos recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Según el art. 14.2.e) de la mencionada ley, los Empleados Públicos presentarán la solicitud por medios electrónicos)
  2. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  3. En las oficinas de Correos en los términos reglamentariamente establecidos.
  4. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero así como en cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.
¿A quién tengo que dirigir la solicitud?
La solicitud hay que dirigirla a la Consejería de Justicia; Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia; C/ Gran Vía 43; 28013 Madrid
¿Si quiero solicitar mi inclusión en las bolsas de varios cuerpos, tengo que utilizar varias solicitudes?
No. Si algún aspirante quiere solicitar su inclusión en varios cuerpos puede hacerlo cumplimentando una única instancia.
¿Es necesario haberme presentado a los procesos selectivos de acceso a los cuerpos de la Administración de Justicia para poder entrar en las bolsas?
Para entrar en las bolsas de personal interinos de justicia de la Comunidad de Madrid no es necesario acreditar que te has presentado a los procesos selectivos.
¿Qué requisitos específicos debo acreditar para solicitar mi inclusión?
Para poder solicitar la inclusión en las bolsas hace falta cumplir uno o varios de los requisitos siguientes:
  • Encontrarse prestando servicios como funcionario interino de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio en el ámbito de la CAM en el momento de publicación de la convocatoria.
  • Haber superado alguno de los ejercicios de los procesos convocados y concluidos en el período de tiempo incluido entre los años 2010 y 2017, para el ingreso en los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio (Este apartado ha sufrido variaciones con respecto al borrador que se publicó en el Portal de Transparencia).
  • Haber prestado servicios, dentro de los últimos 9 años, en los cuerpos mencionados. La prestación de servicios en cada uno de los Cuerpos dará acceso a la Bolsa de selección correspondiente a cada uno de ellos.
  • Haber participado en cursos de formación de materias relacionadas con la actividad jurisdiccional. Este requisito se considerará cumplido con estudios universitarios relacionados con las Ciencias Jurídicas incluyendo en todo caso la titulaciónde Doctor, Licenciaturao Grado en Derecho y Diplomatura en Relaciones Laborales, Derecho y Criminología.
¿Qué documentación se comprobará de oficio y, por el contrario, cuál tengo que adjuntar a la solicitud?
Se comprobarán de oficio, salvo que no se autorice su consulta​
  1. El DNI.
  2. Los servicios prestados como funcionario/a interino/a en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid.
  3. En el caso de se quieran acreditar periodos trabajados en otros ámbitos territoriales (ámbito Ministerio de Justicia, CCAA con las competencias transferidas…) deberá adjuntarse a la solicitud el certificado expedido por el organismo correspondiente.
  4. Verificación de la documentación académica que consta en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  5. Discapacidad. Se comprobará el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad con grado igual o superior al 33% alegado por el aspirante en su solicitud.
Si tendrá que acompañar a la solicitud las fotocopias de la documentación acreditativa de los cursos de formación específica, y certificado acreditativo de los ejercicios aprobados en los procesos selectivos.
¿Qué titulación académica debo tener para poder acceder?
Es necesario poseer la titulación, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, necesaria para acceder a cada cuerpo.
También se deben acreditar para poder acceder a las bolsas de Gestión y Tramitación, formación informática en procesador de textos. El requisito se considerará acreditado para los que hayan desempeñado funciones de los cuerpos de Gestión y Tramitación, o mediante certificación de funciones realizadas en puesto de trabajo o certificación o títulos de cursos de formación recibidos. Asimismo, se entenderá cumplido el requisito por aquellos aspirantes que acrediten haber prestado servicios durante el mismo período en una Administración Pública, en aquellos cuerpos para cuyo acceso se exija una prueba de carácter informático.
¿Qué méritos se van a valorar?
  • Por cada tres meses completos de servicios: 0.50 puntos – max.24 puntos
  • Por la superación de todos los ejercicios de alguna de las últimas oposiciones celebradas y ya finalizadas desde el año 2010 y no haber obtenido plaza: 20 puntos.
  • Por cada ejercicio superado en alguna de las oposiciones celebradas desde 2010: 4 puntos, hasta un máximo de 16 puntos.
  • En la bolsa de Gestión se valorara la experiencia como Juez, Fiscal o Letrado a razón de 0.25 puntos por cada tres meses completos de servicio, con un máx. de 8 puntos.
  • Respecto a la formación académica:
    • Posesión de la titulación académica:
    • doctor en derecho: 6 puntos
    • licenciado o grado en derecho: 4 puntos
    • diplomado en derecho, criminología o relaciones laborales: 2 puntos
  • Por formación específica: cursos de formación informática, así como los relacionados con tratamiento de textos, hojas de cálculo y bases de datos, y cursos de formación de contenido jurídico, relacionados con la administración de Justicia. La puntuación máxima en este apartado será de 14 puntos.
En este apartado no se puntuarán los cursos alegados para justificar el cumplimiento del requisito específico exigido para la integración en las bolsas
¿Cómo se ordenarán las bolsas?
Las bolsas se ordenarán en función de la puntuación obtenida, resolviéndose en caso de empate, a favor del solicitante con mayor antigüedad y de persistir el empate atendiendo a la prioridad alfabética comenzando por la letra correspondiente a la última oferta de Empleo Público.
El número de integrantes de cada una de las Bolsas no podrá superar el 40% de la plantilla orgánica de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio.
¿Qué pasa con los solicitantes que no entren en las bolsas por superarse el 40% de la plantilla?
Los solicitantes que no se hayan integrado en las Bolsas definitivas por haberse superado el número máximo de componentes de las mismas, que cumplan las condiciones y tengan los méritos suficientes, serán integrados de oficio en la Bolsa de reserva de personal interino, por orden de puntuación.
¿En las nuevas bolsas, cuáles serán los criterios de cese?
En el supuesto en que en el mismo órgano exista más de un puesto afectado, el cesará en primer lugar los funcionarios interinos seleccionados a través del Servicio Regional de Empleo, segundo lugar, los funcionarios que pertenezcan a las bolsas de reserva, y finalmente, los que pertenezcan a la bolsa principal. Todos ellos en orden inverso a la antigüedad en el órgano.
¿Y cuándo cese, en que puesto me reintegrarán en la bolsa?
Tras cesar, los funcionarios interinos quedarán de oficio incluidos nuevamente en las bolsas, en la misma posición que ocuparan en el momento de su aprobación

Ficheros Adjuntos:
PDF icon 20180912 CIRCULAR CONVOCATORIA BOLSA DE INTERINOS Y ACLARACIONES V.2.pdf
PDF icon 20180912 BOCM CONVOCATORIA BOLSAS DE INTERINO COMUNIDAD DE MADRID.PDF
PDF icon INSTANCIA SOLICITUD BOLSA INTERINOS 2018.pd