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martes, 31 de marzo de 2015

PERSONAL INTERINO IMPORTANTE VACACIONES Y PERMISOS‏


Realizadas las consultas pertinentes por parte de la Gerencia respecto a la solicitud de las vacaciones y permisos por parte de los interinos nos comunica lo siguiente:

Que la aplicación para la solicitud y gestión de vacaciones y asuntos particulares calcula de forma automática los días que, de cada concepto por separado, le corresponden a cada solicitante, en primer lugar, en función del día en que se realiza tal solicitud y en segundo lugar, con relación al último día del año en curso y, siempre teniendo en cuenta la fecha de la última toma de posesión en el caso de los funcionarios interinos. A medida que se van disfrutando días, la propia aplicación va descontando días de forma automática de la asignación inicial total. 
Por todo ello, el personal interino  puede solicitar más días de los que realmente le corresponden en función del tiempo trabajado y por tanto del tiempo legalmente generado puesto que, para el caso de los funcionarios interinos contratados por vacante que a fecha 1 de enero de 2015 se encuentran en activo, los días que se le asignan por parte de la aplicación son 22 días hábiles de vacaciones y 6 de asuntos particulares (5 más uno adicional).

Por otro lado, para el caso de los funcionarios interinos contratados por bajas laborales o refuerzos, el montante de días por vacaciones y asuntos particulares que les corresponde, se establece automáticamente teniendo en cuenta el día en que comienza su relación laboral hasta el día 31 de diciembre de 2015 de forma proporcional. 
En cualquiera de los casos, los funcionarios interinos pueden solicitar más días que los generados hasta la fecha de solicitud (hasta el máximo de los 22 días por vacaciones y 5 por asuntos particulares por año más uno adicional por fiesta nacional coincidente en sábado). 
Precisamente, mediante este sistema de cálculos que hace el programa, se da información de los días a los que realmente se tiene derecho en función del tiempo trabajado. La importancia de este nuevo valor añadido, es que el funcionario tenga información de que solicita más días que los que realmente le corresponden en función de los días que ha trabajado. El programa lanza un aviso para que esta circunstancia se tenga presente, pero SÓLO A TÍTULO INFORMATIVO. Posteriormente el responsable orgánico, también a través de la aplicación, informa de forma favorable o no a tal solicitud. Es en último caso la Gerencia quien aprueba o cancela la solicitud tal y como establece la normativa al efecto.