Un
Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo por auto dictado en
incidente de ejecución obliga a la TGSS a adoptar las resoluciones
precisas para dar cumplimiento al derecho reconocido a los funcionarios
demandantes, con el apercibimiento de en caso contrario adoptar las
medidas necesarias, imposición de multas coercitivas e incluso deducir
testimonio de particulares por si pudiera existir responsabilidad
criminal.
Para CSIF, con este auto, la
Tesorería General de la Seguridad Social deberá cumplir con el derecho a
la afiliación y al alta reconocido judicialmente a los funcionarios
interinos por los periodos no cotizados anteriores al año 1990.
Hasta ahora la TGSS era reticente a cumplir con lo
resuelto por los Tribunales en cuanto a reconocer el derecho a la
afiliación y al alta de los funcionarios interinos demandantes. La TGSS
consideraba que no había sido parte demandada en el procedimiento
principal y, por ello no le afectaba la parte dispositiva de los autos
dictados que reconocían el derecho de esos funcionarios demandantes a
ser afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad
social, con carácter retroactivo, por los periodos reconocidos. Ese ha
sido el motivo por el que se instó la ejecución forzosa para llevar a
puro y debido efecto la parte dispositiva obligando a la TGSS a cumplir
con lo dispuesto por los Jueces.
Para CSIF este auto supone un nuevo reconocimiento a los derechos de los trabajadores y un “toque de atención”
al Ministerio de Justicia y de Empleo, que han sido incapaces de dar
solución a cientos de trabajadores afectados por esta cuestión. Un
derecho que había sido reclamado insistentemente ante el Ministerio de
Justicia por CSIF, objeto de un punto del acuerdo de 2015, y que finalmente ha tenido que ser reconocido por los Tribunales de Justicia en reclamaciones individuales.
Para más información podéis acudir a la sede de CSIF de vuestra provincia o poneros en contacto con los delegados de CSIF.