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viernes, 29 de julio de 2022

Galicia: publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos de la nueva bolsa de interinos

 

29 de Julio de 2022

CSIF XUSTIZA INFORMA

Publicación listaxes resultantes da nova bolsa de interinos de Xustiza de Galicia.

Podes acceder as listaxes resultantes aquí

  • Prazo para elixir bolsa: 10 días hábiles ( 29 de agosto a 9 de setembro)
  • A elección deberá realizarse telematicamente, cubrindo necesariamente o formulario electrónico dispoñible na aplicación informática. Unha vez cuberto o formulario, deberase presentar de xeito electrónico a través da OPAX.

Se non o fixeran, entenderase que desisten de todas as súas solicitudes.

As persoas que unicamente solicitasen formar parte dunha única bolsa, corpo e provincia non terán que efectuar a dita elección.

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Oposiciones promoción interna: listados definitivos

 

29 de Julio de 2022

CSIF JUSTICIA INFORMA: Publicados en el BOE los listados definitivos de admitidos y excluidos a las oposiciones de Gestión y Tramitación promoción interna.

Os recordamos que el Ministerio tiene previsto realizar los exámenes el 8 de octubre.

Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/731/2022, de 22 de julio, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.

Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/732/2022, de 22 de julio, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.

viernes, 22 de julio de 2022

Concursos de traslados cuerpos generales y concurso y oposiciones de Cuerpos especiales

 

22 de Julio de 2022

El Ministerio anunció ayer que el concurso 2022 saldrá en la segunda quincena de agosto cambiando la previsión de hace una semana. El objetivo es permitir que el plazo de presentación de instancias transcurra en su mayoría en el mes de septiembre. En cuanto a la resolución el Ministerio mantiene la fecha de enero-febrero de 2023.

En cuanto al concurso de 2023 el Ministerio insiste en cumplir el cronograma que estableció en el mes de mayo de ese año. En este sentido, el concurso de 2023 se resolverá antes de ofrecer destinos a los aprobados de la OEP de 2021, 2022 y 2023.

Ficheros Adjuntos: 

CSIF solicita al Ministerio que revise la propuesta de bases de convocatoria de las OEP de 2020, 2021 y 2022

 

El Ministerio anuncia que presentará un nuevo borrador, analizadas las alegaciones presentadas, para seguir negociando.


A requerimiento de CSIF, el Ministerio anuncia que en el próximo borrador incorporará la distribución final de plazas por ámbitos territoriales.
22 de Julio de 2022

El borrador de bases de oposiciones de las OEP 2020, 2021 y 2022 presentado por el Ministerio

  • Oferta conjunta de las tres OEP en un mismo proceso selectivo (1.091 plazas de Gestión, 1.191 de Tramitación y 592 de Auxilio).

  • Proceso selectivo por oposición que impone como sistema de acceso, aunque sin cerrar la puerta al concurso oposición en futuros procesos selectivos.

  • Realización de ejercicios en días separados para cada Cuerpo, pero todos los ejercicios de cada uno de los cuerpos se harían en el mismo día.

  • Modifica las condiciones de superación de cada ejercicio respecto de las bases de las OEP de 2017 y 2018 estableciendo un sistema mixto de porcentaje de nota máxima con número máximo de aspirantes por plaza.

  • No aplica la reserva de nota de las oposiciones anteriores pues, dice, que no se puede aplicar esta reserva de nota sobre la totalidad del proceso selectivo a un proceso, exclusivamente, de oposición.

No obstante, sorprende que algunos sindicatos firmantes del acuerdo de 22 de marzo, conscientes del perjuicio causado a las expectativas de hacer valer esta reserva en la OEP de 2019, cambien su postura y, ahora, exijan informes jurídicos al Ministerio para justificar su decisión cuando en ese acuerdo pactaron llevar la reserva de nota al proceso de concurso oposición dentro del proceso de estabilización de la Ley 20/21 cuya ejecución está prevista para el año 2024.

En el punto 2 de ese acuerdo, estos sindicatos aceptaron no ejecutar la OEP de 2019, diluir la oferta de plazas de ese año en la oferta de estabilización de la ley 20/21 y llevar la reserva de nota al proceso de concurso oposición de esa estabilización pasando de 2.547 plazas por este sistema en la OEP de 2019 a las 968 previstas en el concurso oposición de la OEP de estabilización.

  • En cuanto al desarrollo del proceso selectivo el Ministerio sigue confirmando el cronograma que ya adelantó hace tres meses.

  • Se reducen preguntas y tiempo para realizar los ejercicios.

  • Se reducen plazos como el de presentación de documentación y elección de destinos que pasan de 20 a 10 días.

  • Respecto de la OEP de estabilización de la ley 20/21, el propósito del Ministerio es negociar las bases en el mes de octubre para estar en disposición de publicar la convocatoria antes del 31 de diciembre tal y como exige la ley 20/21 sobre medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público.

CSIF por su parte presentó alegaciones al texto. Entre otras:

  • Que no queden plazas sin cubrir tras la celebración de proceso selectivo bien acudiendo a la prueba adicional prevista en el artículo 483.6 de la LOPJ; o bien, permitiendo a los aspirantes aprobados en otros ámbitos para que voluntariamente y por orden de puntuación pudieran optar a plazas fuera de su ámbito que hubieran quedado desiertas por no haber opositores suficientes que hubieren superado el proceso selectivo.

  • Que quede fijado en la convocatoria la versión de word, que se va a utilizar en el tercer ejercicio de Tramitación y que el tercer ejercicio de Gestión verse, exclusivamente, sobre cuestiones de carácter procesal fijando los temas sobre los que versarían las preguntas.

  • Que se elimine el descuento por respuesta errónea o, que, alternativamente, se revisen esos descuentos para hacerlos proporcionales a la reducción de preguntas. A menos preguntas el descuento debe ser menor a riesgo de penalizar en demasía esos errores, dejando fuera del proceso a quienes cometan dos o tres errores.

  • Que se incluya expresamente la licenciatura y los tres cursos de la licenciatura de Derecho (DT 5ª ley 30/84, como titulación habilitante para acceder a Gestión.

  • Que como mínimo haya una sede de examen por sede de TSJ o de Gerencia (incluyendo sedes en Ceuta y Melilla) y más de uno atendiendo a la insularidad y a la extensión de determinadas CCAA) y que haya un Tribunal por sede de TSJ. Evitando desplazamientos desde el punto de vista de la comodidad y ahorro del opositor y desde el punto de vista de la sostenibilidad además de evitar concentraciones excesivas de gente en recintos cerrados con el COVID cada vez más transmisible. El Ministerio anunció que aseguraba sede en Ceuta y Melilla y que estaban estudiando ampliar sedes con unidades colaboradoras.

  • Que se publique, junto con la convocatoria o, a más tardar, con las listas provisionales de admitidos y excluidos un calendario concreto de desarrollo del proceso selectivo.

En relación con la alusión a la bolsa de interinos (base 10), CSIF cree que no es el lugar adecuado para ello. Lo que debe hacer el Ministerio (y las CCAA) es negociar unas nuevas normas de interinos con una propuesta en la que, si el Ministerio quiere, se refleje la superación de procesos selectivos junto con otros méritos. El Ministerio se comprometió a ello en el año 2015 sin que lo haya hecho.

Ficheros Adjuntos: 
 

miércoles, 20 de julio de 2022

El Ministerio acepta varias de las propuestas de CSIF para la bolsa de LAJ sustitutos

 

Traslada a los sindicatos un nuevo texto tras la última reunión celebrada el 17 de junio.


En la reunión de la Mesa sectorial del pasado 14 de julio el Ministerio anunció que prevé publicar la convocatoria el próximo 29 de agosto.


Sin embargo, el principal problema de esta bolsa es el reingreso de los gestores, cuestión que no se ha solucionado todavía, aunque ya se ha empezado a negociar.
18 de Julio de 2022

  • En la reunión de la Mesa sectorial del pasado 14 de julio el Ministerio anunció que prevé publicar la convocatoria el próximo 29 de agosto.

  • Sin embargo, el principal problema de esta bolsa es el reingreso de los gestores, cuestión que no se ha solucionado todavía, aunque ya se ha empezado a negociar.

Además, la obsoleta regulación que en esta materia (y en otras, prácticamente habría que reformarlo de arriba abajo) el RD 1608/2005 impide ir más allá en la regulación de una bolsa moderna que respete los derechos concurrentes y la óptima prestación del servicio.

Como principales novedades:

  • Se establecen una serie de suspensión del llamamiento por causas justificadas.
  • Se establece la obligatoriedad de publicidad periódica de los llamamientos y nombramientos realizados en cada ámbito.
  • Se prevé la creación de una bolsa de urgencia cuando la principal esté agotada. Esta bolsa de urgencia se formará tan pronto como se publique la nueva normativa hasta que se publique la formación de las bolsas conforme a la nueva convocatoria. En esta bolsa de urgencia los Gestores tendrán preferencia en el llamamiento.
  • Se elimina la mención a la inidoneidad, una vez constatada la jurisprudencia (no obstante, al Ministerio se le ha pasado eliminar esta mención en una de las bases).

El texto que se nos trasladó por el Ministerio el pasado miércoles, está a falta de enviar las últimas alegaciones cosa que CSIF ya ha hecho ratificándonos en las alegaciones ya presentadas y no aceptadas y matizando algunas de las cuestiones que se contemplan en el texto final.

Entre otras:

  • el respeto a la presunción de inocencia en la base 12ª

  • el respeto al principio de contradicción en la valoración de méritos (base 7ª) y en la declaración de “rendimiento insuficiente” (base 13ª último párrafo)

  • que se tenga en cuenta que muchos Gestores no tienen médico asignado de la Seguridad Social que les de la baja por enfermedad. (Base 8ª punto 2)

  • que se elimine la mención a la inidoneidad en el punto 5 del anexo

Ficheros Adjuntos:

CSIF presenta una propuesta alternativa a la regulación de sustituciones

 

Para CSIF, al igual que ha hecho con los LAJ, el Ministerio debe presentar un proyecto de reforma reglamentaria y unos compromisos con fecha de modificación de la LOPJ.


El acuerdo de 2015 insta al Ministerio a presentar una reforma normativa y no un nuevo acuerdo sobre el acuerdo que es lo que ha hecho con una propuesta en la que todo queda aplazado para un futuro sin determinar.
17 de Julio de 2022

Para CSIF, es necesario abordar la regulación básica de las sustituciones y de las comisiones de servicio. El Ministerio en su propuesta, mezcla ambas y reduce la comisión de servicios al olvido. Para CSIF, la comisión de servicios para cobertura de vacantes es un instrumento eficaz de gestión del personal y tiene su cabida dentro de una regulación basada en casos tasados, objetivos y transparentes para permitir la movilidad voluntaria entre diferentes ámbitos territoriales del personal de Justicia.

Esta comisión de servicios puede convivir con la sustitución horizontal para la cobertura de vacantes dentro del mismo ámbito. Además, la sustitución tanto vertical como horizontal, podrían aplicarse a la cobertura de puestos de trabajo cuyo titular esté ausente por razón de licencias, vacaciones o situaciones administrativas con reserva de puesto de trabajo.

En todo caso, las sustituciones deben ser retribuidas y así debe establecerse con carácter básico en la regulación reglamentaria. El Ministerio deja en el aire el tema dejando a la administración competente la fijación de la modalidad de incentivo a aplicar a las sustituciones.

Las sustituciones verticales deben ser siempre con relevación de funciones y retribuirse con una cantidad que complemente hasta el 100 % las retribuciones del funcionario sustituto a las del puesto y cuerpo en que realiza la sustitución.

Las sustituciones horizontales con relevación de funciones deben incluir, además de las retribuciones básicas y complementarias genéricas, la retribución de todos los complementos del puesto que se ocupa en sustitución. (guardias por poner un ejemplo).

Las sustituciones horizontales sin relevación de funciones deben retribuirse sumando a las retribuciones que se perciben por el puesto del que se es titular, el 100% de las retribuciones complementarias del puesto en el que se realiza la sustitución.

Además, la normativa debe solucionar la problemática de los turnos forzosos de sustitución, generalmente de Auxilio Judicial que se están extendiendo por parte de algunos Secretarios coordinadores y de Gobierno sin negociación alguna. Y se ha de solucionar aplicando una retribución similar a la del párrafo anterior y la indemnización por razón del servicio que corresponda si el funcionario/a debe desplazarse, además, para realizar la sustitución.

La solución para el problema del reingreso del Gestor que cesa como LAJ sustituto debe ser la excedencia con reserva de puesto de trabajo. La propuesta del Ministerio de que sea una sustitución vertical normal supone la merma de derechos para estos Gestores que, hasta la fecha, además de percibir las retribuciones correspondientes al LAJ sin necesidad de complementar ninguna cantidad como se establece para las sustituciones, consolidan trienios de LAJ cuando los perfeccionan en el transcurso de la sustitución y adquieren antigüedad en ese grupo a efectos del cálculo de la jubilación. Si el Ministerio se sale con la suya, todo esto se perderá.

Por último, CSIF instó al Ministerio a presentar una propuesta de planes de actuación (productividad) para los cuerpos Generales y especiales al igual que ha hecho con los LAJ.

Ficheros Adjuntos: