Tras un largo proceso de negociación, el Ministerio de Justicia remite a CSIF
los borradores definitivos de las bases comunes de Cuerpos Generales,
Letrados (ambos turnos), Gestión y Tramitación Promoción Interna que se
remitirán a Función Pública con carácter previo a su publicación en el
BOE. Este proceso de negociación se inició con la firma del Acuerdo
Marco para la Mejora del Empleo Público suscrito por CSIF
y por otros dos sindicatos en la Mesa general de Función Pública en el
mes de marzo de 2018, continuó con la firma del Acuerdo de adaptación de
Empleo en la Administración de Justica y ha sido mejorado tras la
primera reunión de la Comisión de Seguimiento formada por el Ministerio y
los sindicatos firmantes del acuerdo.
Para CSIF es un acuerdo histórico, SÍ, y lo decimos porque:
- Permite la convocatoria de más de 10.500 plazas
en la Administración de Justicia en dos procesos selectivos (2017/18 y
2019), lo que equivale a la totalidad de plazas convocadas en los
últimos ocho procesos selectivos llevados a cabo en esta administración.
- Se fomenta claramente la promoción interna mediante
convocatoria extraordinaria que, junto con la vinculada a la OEP de
2019 alcanzará el 60%, flexibilizando los procesos selectivos. Todo ello
sin renunciar a recuperar el 50% de la reserva anterior al 2015.
- Establece como sistema de acceso el concurso oposición (Art. 484 LOPJ) para ambos procesos
selectivos, con el límite constitucional del 40% de la puntuación
máxima total en la fase de concurso y del 50% de peso de la antigüedad
dentro de la fase de concurso.
- Establece como mérito, cualquier tipo de titulación universitaria
y no sólo la titulación en Derecho, incluyendo titulaciones pre y post
Bolonia (grados, diplomaturas, licenciaturas, titulaciones técnicas
etc.)
- Dentro del apartado de formación,
además de los cursos impartidos u homologados en los últimos 10 años
por el Ministerio y las Consejerías de Justicia, INAP o por los órganos
competentes en formación de las CCAA, se valorará no sólo la formación
incluida dentro de los Planes de formación de la Administración cuyo
acceso está restringido a quien es funcionario, sino también los cursos
impartidos por los servicios públicos de empleo y los cursos homologados
o impartidos por el Sistema Universitario Español como solicitó CSIF, pese a la oposición de ccoo, staj y ugt que solo quería que se valorasen los de la universidad pública.
- Se abre la posibilidad de hacer valer los ejercicios aprobados en anteriores convocatorias (si superaron el 50% máx. posible)
- Fija por primera vez una nota de corte previa a la realización de los ejercicios
para ambos turnos. Evitando la exigente arbitrariedad que los
Tribunales han fijado en los últimos años sin justificación alguna.
Sin embargo, CSIF rechaza que no se puntúe la experiencia en otras administraciones (en Letrados y conforme a la Orden JUS/2250/2006 sí se puntúa a la promoción interna), la penalización a las preguntas contestadas erróneamente, alejada de la propuesta de CSIF, de penalizar solo con la cuarta parte del valor de la acertada. CSIF
seguirá exigiendo al Ministerio en la negociación de las bases de turno
libre que la penalización de las preguntas no acertadas sea del 0,25%
del valor de la pregunta acertada. Respecto de las plazas que se ofertan
a la promoción interna de LAJ el Ministerio sigue manteniendo su
criterio y asignan 41 frente a las 53 que deberían asignar por lo que CSIF recurrirá la convocatoria.
En todo este proceso CSIF ha sido transparente y coherente, sin bandazos y sin ocultar ni disfrazar ningún punto por muy problemático que pueda ser.
Otros sindicatos no pueden decir lo mismo, pues sin definir sus
propuestas con claridad y transparencia se han dedicado a poner velas a
diestro y a siniestro sin definir una posición clara y previa a la
negociación.
- Todas las propuestas
de CSIF se han publicado y difundido a través de nuestra página web y
se han presentado por escrito, con carácter previo a la negociación, una web en la que, además, habéis tenido información sobre todas las mesas y reuniones celebradas.
- CSIF fue el único sindicato que
fijó posición públicamente respecto a la baremación de la fase de
concurso y el peso que cada epígrafe debía contener.
- CSIF, como fijaba en su
propuesta, solicitó que se baremase la formación impartida por el
sistema universitario español. El resto de los sindicatos solo
admitieron que se baremasen los cursos impartidos por universidades
públicas
- CSIF propuso
que la antigüedad tuviese un peso del 50% en la fase de concurso, a la
que se sumaron tres sindicatos y así se recoge en las bases.
- CSIF propuso que la formación
homologada tuviese mayor peso en la fase de concurso. A dicha propuesta
se sumó ugt. Por el contrario, y sorprendentemente, staj y ccoo
propusieron que la formación homologada solo se valorase con un 10% del
peso del concurso y dentro de este bloque que el conocimiento de idiomas
tuviese más valor que el resto de formación.
Para CSIF es lamentable que,
tras un largo y arduo proceso de negociación, en el que se logró que el
Ministerio valorase la formación homologada de los últimos diez años,
algunos de los sindicatos hayan permitido con su propuesta que el
Ministerio reduzca la baremación de la formación en la fase de concurso,
impidiendo que se valoren muchas de las acciones formativas realizadas
por los aspirantes.
Los hechos son los que son: había que impulsar una solución
definitiva con unas reglas del juego fijadas previamente de forma
transparente.
- Existe en la Administración de Justicia una
altísima temporalidad puesta de manifiesto por el TJUE debida a las
sucesivas ofertas de empleo público por debajo de la tasa de reposición
durante años y a la congelación de oferta de varios años. Unas
infraofertas de empleo que CSIF ha denunciado sistemáticamente.
- El Acuerdo Marco de Empleo firmado por CSIF
se pone como objetivo reducir al 8% la tasa de temporalidad y
mantenerla en lo sucesivo estableciendo un sistema transitorio de acceso
a la función pública dentro de la legalidad vigente en esta materia y
en el que la experiencia puede ser considerada un mérito.
- En consonancia con ese Acuerdo marco de Empleo, CSIF impulsa y
firma un acuerdo de empleo en Justicia donde se abre la puerta a la
valoración de la experiencia sin eliminar la fase de oposición ni
tampoco como único mérito valorable.
CSIF no va a fomentar ninguna lucha ni enfrentamiento entre grupos de opositores. Ni
de los opositores con experiencia profesional en Justicia que, junto
con los funcionarios titulares, hacen posible el funcionamiento normal
del servicio público de la Administración de Justicia todos los días, ni
de los opositores que no tienen esa experiencia pero que también se
sacrifican diariamente por sacar adelante unas pruebas selectivas y, en
muchos casos, compaginando preparación y trabajo.
A partir de aquí, se puede ver la botella medio llena o medio vacía. Eso sí, que nadie se llame a engaño o se deje engañar
por los oportunistas que abundan, y mucho en estos últimos meses ya que
las elecciones sindicales están a la vuelta de la esquina y aparecen “nuevos sindicatos” prometiendo lo que prohíbe la reiterada doctrina del Tribunal Constitucional.
Todo el mundo está en su derecho de tener
su opinión sobre este proceso selectivo, pero siempre que se haga sobre
datos reales y no sobre falsas promesas ni intereses sindicales
CSIF recuerda que el TJUE no
otorga derecho individual alguno y que el Acceso a la función pública en
nuestro país está muy tasado en su legislación, además de la reiterada
jurisprudencia del
TC. Entre ellas la que
descarta para nuestra administración el pretendido acceso restringido que estas nuevas organizaciones reclaman, pues uno de los requisitos necesarios, el de la “
excepcionalidad”,
también está tasado en la jurisprudencia constitucional, cuyos
supuestos admitidos resultan inaplicables para la Administración de
Justicia, pues la misma debe justificarse
“en la singular,
puntual y transitoria necesidad de tener que poner en funcionamiento una
nueva organización de las Administraciones autonómicas resultante de la
asunción de competencias que antes correspondían al Estado”(SSTC
27/1991, de 14 de febrero,
16/1998, de 26 de enero,
12/1999, de 11 de febrero)
CSIF ha trabajado para que la
reducción de la temporalidad en Justicia se realice de forma justa,
equilibrada, apostando tanto por la Promoción Profesional de los
funcionarios de Carrera (que no afecta a la tasa de reposición) como por
los méritos adquiridos por cada aspirante, entre los cuales destaca la
valoración de la experiencia derivada de los servicios prestados, ya que
no es una circunstancia ajena al mérito y a la capacidad, pues refleja
la aptitud para desarrollar las funciones del cuerpo al que se pretende
acceder [SSTC
67/1989, de 18 de abril, FJ 3, y
107/2003, de 2 de junio, FJ 5 b)]
Además, el Acuerdo de 4 de Diciembre, consigue
este equilibrio respetando escrupulosamente los principios y preceptos
que regulan en nuestra legislación el acceso a la Función Pública,
igualdad, publicidad, mérito y capacidad, así como el de transparencia,
dentro del marco jurisprudencial de la Doctrina Constitucional y
garantizando la libre concurrencia a estos procesos selectivos, así como
la agilidad y objetividad de los mismos que son suficiente garantía
para quienes acudan a los mismos desde cualquier ámbito.