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viernes, 2 de junio de 2017

CSIF exige al Ministerio mayor celeridad y decisión en el cumplimiento íntegro del acuerdo de 2015





Aun cuando no estaba en el orden del día, CSIF pregunta por la tramitación de la modificación del artículo 503 LOPJ (9 días)

El Ministerio de Justicia se muestra muy prudente a la hora de tocar la LOPJ, pero informa que tienen ya un texto redactado y que están buscando una ley orgánica en tramitación para meter la modificación y que se apruebe.
CSIF recuerda al Ministerio de Justicia que ha tenido varios meses para cumplir este apartado esencial del acuerdo y que, en consecuencia, no es de recibo atenerse a circunstancias de oportunidad o coyunturales. En muchas otras ocasiones se ha modificado la LOPJ para cuestiones muy concretas y no ha pasado nada, así que ahora debería ocurrir lo mismo.
CSIF exige al Ministerio que retire la instrucción sobre sustituciones dictada por el Gerente de Valladolid
El citado funcionario del Ministerio, no es competente para dictar la citada instrucción que obliga al auxilio Judicial del partido de Valladolid a sustituirse entre sí, gratis total, sin retribución alguna. La provisión de puestos de trabajo es competencia del Ministerio de Justicia (o de las CCAA en su caso), debería tener la forma, como mínimo de orden ministerial y negociarse en la mesa del Ministerio con las organizaciones sindicales más representativas.
CSIF realiza alegaciones a la reubicación de las plazas de refuerzo de la NOJ que se van a convertir en plazas dentro de la RPTs correspondiente
CSIF exigió al Ministerio que comparta los datos de cargas de trabajo que debería ser el único criterio válido para determinar la ubicación definitiva de estas plazas de refuerzo convertidas en RPTs. Sólo así podrá haber negociación real sobre este punto. CSIF presentó las alegaciones y apremió al Ministerio para que a la mayor brevedad responda positivamente con la mirada puesta en la tramitación definitiva de la conversión y que puedan ser ofrecidas a comisión de servicio y luego en el inmediato concurso de traslados.
El Ministerio informa de la existencia de dificultades para el reconocimiento de los periodos trabajados y no cotizados o reconocidos
El nuevo Subdirector General de Recursos Económicos informó sobre los dos supuestos de hecho que se incluyen en esta regularización:
  • Periodos trabajados y no cotizados antes del año 90
  • Lagunas de cotización posteriores al año 90
Respecto del primero, el Ministerio plantea el problema de que es la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) la competente para ejecutar la sentencia, pero que se niega, aludiendo a que no es parte del procedimiento. A este respecto, la TGSS ha cursado orden a las Tesorerías provinciales para que no reconozcan ninguna situación de alta ante la constatación de que, algunas lo estaban haciendo, y hasta que se conozca el contenido de un dictamen jurídico sobre la cuestión.
En este sentido, el Ministerio de Justicia ha activado la acción de la Abogacía del Estado para que se solicite la personación de la TGSS como codemandada, así como advertir al Juez de que es la TGSS la competente para ejecutar la sentencia.