El concurso no está convocado y
si se aceleran los trámites, cosa que el Ministerio hace cuando le interesa,
podrían estar dentro de las RPTs antes del concurso. No obstante, habiendo
acuerdo en su conversión y decidida la ubicación por el Ministerio se podrían
ofertar dado que cuando se produzca la adjudicación deberían estar ya en la RPTs.
Es decir, CSIF exige al Ministerio un poco de voluntad y un gesto dado,
repetimos, que la responsabilidad del retraso en la conversión es exclusiva del
Ministerio.
Por otro lado, CSIF al amparo de
lo establecido en el artículo 531 LOPJ, ha solicitado al Ministerio que de no
ofertarse dichas plazas en el concurso ordinario, convoque un concurso
extraordinario, ya que la finalidad es la misma que para los órganos de nueva
creación. Que las plazas estén ocupadas por titular coincidiendo con su
activación en la RPTs.
Para finalizar, CSIF ha
vuelto a exigir al Ministerio que las extensiones de jornada de la NOJ (León,
Murcia y Cáceres) vuelvan a convertirse en refuerzos y se conviertan en plazas
de RPTs. No es de recibo que se mantengan sistemas de refuerzo pensados para
problemas coyunturales cuando se pactó precisamente poner fin a esta
irregularidad reconociendo la necesidad de personal.