El
plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar
desde el día siguiente a la publicación en la página del Ministerio de
la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
- Fecha de inicio de presentación de instancias: 14/03/2024 0:00:00
- Fecha de fin de presentación de instancias: 02/04/2024 23:59:00
El número de integrantes de cada bolsa de trabajo en cada isla será el siguiente:
Los
interesados que presenten solicitud dentro del ámbito de la isla de
Mallorca, Eivissa y Menorca podrán señalar en la misma zonas geográficas
de preferencia, las cuales se distribuyen de la siguiente manera:
En el caso de Mallorca:
- Palma: Palma y sus correspondientes juzgados de paz.
- Inca: Inca y sus correspondientes juzgados de paz.
- Manacor: Manacor y sus correspondientes juzgados de paz.
Eivissa:
- Eivissa: Eivissa y sus correspondientes juzgados de paz.
- Formentera: juzgado de paz de Formentera
-
- Menorca:
- Ciutadella.
- Maó.
Cada
aspirante podrá solicitar una, varias o todas las zonas geográficas que interese. En el caso de no indicar su preferencia por ninguna de las
zonas será incluido en todas ellas.
La renuncia a una oferta en una zona geográfica de preferencia implicará la exclusión de la bolsa de trabajo.
En caso de que se agote la bolsa y cupo o no hubiera aspirantes para una zona geográfica de preferencia en la cual se produce la necesidad de llamamiento de interino, la oferta se realizará a los integrantes de la bolsa insular que se haya seleccionado (Mallorca o Eivissa y Formentera o Menorca) y que no hubieran optado por esa zona geográfica, siguiendo el orden de inclusión en la Bolsa y siendo obligatorio para el aspirante aceptar el puesto de trabajo. En este caso, la no aceptación de nombramiento para una oferta para una zona geográfica de preferencia no seleccionada supondrá la exclusión de la bolsa de interinos.
Los
candidatos a ser incluidos en las bolsas de trabajo deberán reunir, en
la fecha en que se acabe el plazo de presentación de instancias, las
condiciones generales siguientes:
a)
Ser españoles, tener cumplidos los 16 años (18 para el caso del
Cuerpo de Auxilio Judicial, al amparo de lo dispuesto en el artículo
56.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, y atendiendo a las funciones atribuidas a este Cuerpo en el
artículo 478 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y particularmente a su carácter de agentes de la autoridad),
no haber alcanzado la edad de jubilación y encontrarse en pleno
ejercicio de sus derechos civiles.
b)
Figurar inscritos en las Oficinas de los Servicios Públicos de
Empleo como demandante de empleo o mejora de empleo, excepto los que se
encuentren trabajando como funcionarios interinos en la Administración
de Justicia.
c)
No haber sido condenados, ni estar procesados, ni culpados por
delito doloso, a menos que se haya dictado en la causa auto de
sobreseimiento.
d) No estar inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas.
e)
No haber sido separados, mediante procedimiento disciplinario, del
servicio de una administración pública en vía disciplinaria o judicial,
salvo que hayan sido rehabilitados.
f)
No tener causa de incompatibilidad para el ejercicio de la
función pública en la Administración de Justicia de las relacionadas en
el artículo 498 de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
g) No haber sido sancionados por una falta muy grave, en los tres últimos años.
h) Haberse
presentado al primer ejercicio de las pruebas selectivas del cuerpo al
que opta de cualquiera de las dos últimas convocatorias de oposiciones
que se indican a continuación, verificándose de oficio por la propia
Gerencia Territorial.
CUERPO |
CONVOCATORIAS |
|
GESTIÓN PA |
Orden JUS/764/2019, de 10 de julio (BOE de 15 de julio) |
Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre (BOE de 19 de diciembre) |
TRAMITACIÓN PA |
Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (BOE de 31 de agosto) |
Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre (BOE de 19 de diciembre) |
AUXILIO JUDICIAL |
Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (BOE de 27 de enero) |
Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre (BOE de 19 de diciembre) |
i)
No padecer defecto físico o enfermedad psíquica o física, o
cualquiera otra circunstancia que los incapacite para el puesto de
trabajo.
Condiciones especiales.
Además de la titulación académica exigida para cada uno de los Cuerpos, para el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa
deberán acreditar experiencias prácticas en mecanografía o en medios ofimáticas. Dicha experiencia se considerará acreditada por:
a) Certificación de haber desempeñado en algún momento de los últimos cinco años puestos como funcionario interino en los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa (denominación anterior: Oficial o Auxiliar respectivamente) en la Administración de Justicia, o como auxiliar administrativo en otras administraciones públicas.
b) Certificación de haber aprobado pruebas de mecanografía o de medios ofimáticas en procesos selectivos para el ingreso en las administraciones públicas en los últimos cinco años.
c) Certificación o diploma acreditativo, expedido por un centro de formación reconocido oficialmente.
Para el acceso al asistente de inscripción, será necesaria la previa identificación electrónica por alguno de los siguientes sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:
- DNI electrónico.
- Certificado digital.
- Cl@ve permanente.
- Cl@ve Pin 24 h
No se admitirán solicitudes por ningún otro medio distinto del indicado.
Las personas interesadas en la convocatoria tendrán en cuenta lo siguiente:
• Los funcionarios interinos que estén nombrados en el momento de publicación de esta convocatoria, tendrán la obligación de presentar la correspondiente solicitud a los cuerpos a los que quieran optar si poseen la titulación exigida, incluido el cuerpo en el que estén prestando servicios.
• Durante el periodo de presentación de solicitudes, el asistente permitirá realizar modificaciones en la solicitud, pero solamente será válida la última confirmada y presentada.
• La solicitud ha de cumplimentarse en todos sus campos preceptivos, incluyéndose
una dirección de correo electrónico y un número de teléfono como datos
de contacto a través de los cuales se efectuarán los llamamientos y se
mantendrán las comunicaciones ordinarias.
• El asistente de inscripción solicitará que se adjunte la documentación preceptiva para la acreditación de los datos que se hagan constar al rellenar la solicitud. En caso de tener que adjuntar varios documentos, éstos se adjuntarán exclusivamente en un solo fichero y, únicamente, en formato .pdf.
Valoración de los méritos:
La acreditación de los servicios prestados deberá indicarse obligatoriamente en la solicitud.
No será necesario presentar el certificado de servicios prestados como funcionario interino de
la Administración de Justicia si su último destino es o ha sido en un puesto del trabajo del
ámbito territorial gestionado por el Ministerio. Únicamente en este
caso, se deberá aportar, en lugar del certificado de servicios prestados, la Declaración de su
último destino como funcionario interino de la Administración de Justicia que se adjunta a esta
convocatoria como Anexo I.
Para acreditar los servicios prestados en otros ámbitos territoriales transferidos, no
gestionados por el Ministerio, se deberá aportar certificado de servicios prestados emitido por
el órgano competente en materia de personal, especificándose el cuerpo o cuerpos en que se
prestaron esos servicios y los periodos de tiempo en que tuvieron lugar. El certificado de
servicios prestados deberá ser documento original
Reincorporación a la bolsa nueva tras cese de la antigua:
Las
bases de la convocatoria de la nueva bolsa de interinos establece que
una vez se produzca el cese por un llamamiento de la bolsa antigua, el
puesto a ocupar en la bolsa nueva será el siguiente:
"En la bolsa vigente ocuparán la posición que les corresponda
tras baremación ya sea en bolsa o en cupo de reserva."
Presentación de instancias: Exclusivamente por vía telemática en el Asistente de Inscripción bolsas interinos cuerpos Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial
- Convocatoria: