El plazo de diez días hábiles, para subsanación de defectos, comprende desde los días 6 a 16 de abril, ambos inclusive.
La subsanación de la causa D: No presentar modelo de instancia normalizado, se hará presentando el modelo 790 que indica en la parte superior izquierda "Solicitud de admisión a pruebas selectivas en el cuerpo de Secretarios Judiciales y liquidación de la tasa de derechos de examen", junto con una copia de la primera instancia en la que conste el sello de entrada en la Administración.
Salvo en las causas G y K, para subsanar la causa de exclusión correspondiente no hay que realizar un nuevo abono de tasas.
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