RESUMEN:
Requisitos:
1º- Ser español y mayor de edad. 2º- Ser licenciado o
graduado en Derecho. 3º- No haber sido condenado ni estar procesado o inculpado
por delito doloso, a menos que hubiere obtenido la rehabilitación o hubiere
recaído en la causa auto de sobreseimiento firme o se hubieran cancelado los
antecedentes penales. 4º- No haber sido declarado inidoneo en los últimos cinco
años. 5- Hallarse en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. 6º- No
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 7º- No haber
sido separado mediante procedimiento disciplinario de un Cuerpo del Estado, de
las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido para
el ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que
hubiera sido debidamente rehabilitado. 8º- No padecer enfermedad o defecto
físico o psíquico que le impida el desempeño del cargo. 9º- No haber cumplido
la edad de setenta años o que se vaya a cumplir en el transcurso de la vigencia
de la bolsa.
Presentación
solicitudes
Una única solicitud de participación con indicación de las
provincias a las que opta por orden de preferencia, dirigiendo la solicitud al
Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondiente a la
provincia a la que opte en primer lugar, lo que podrán efectuar directamente o
sirviéndose de cualesquiera de las modalidades previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En el plazo de
diez días hábiles a contar a partir del día 2 de septiembre, sin que incida en
el cómputo de dicho plazo cualquier otra forma de publicidad que pueda darse a
la convocatoria.
Únicamente el modelo
incluido en el Anexo II de la resolución y unirán a la misma fotocopias
compulsadas del D.N.I., del título de licenciado o grado en derecho o del
justificante de pago de las tasas para la expedición del mismo, de la
certificación del expediente académico de la indicada licenciatura o grado,
certificado médico oficial que acredite no padecer defecto físico o enfermedad
psíquica o física que le incapacite para el desempeño del cargo, así como de
los documentos que resulten acreditativos de los méritos alegados por el
concursante.
El certificado de antecedentes penales será aportado
directamente por el Ministerio de Justicia a través de sus órganos
administrativos, únicamente de los seleccionados que no estén en activo en el
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. Los que pertenecieran a algún
Cuerpo de la
Administración y se encontraran en situación de servicio
activo acompañarán certificación de no encontrarse suspendidos en virtud de
expediente disciplinario, salvo en el supuesto de pertenencia al Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa, en cuyo caso dicha acreditación se realizará por el
Ministerio de Justicia. Los aspirantes que tengan la condición legal de
discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar
certificación de los órganos competentes que acredite su capacidad funcional
para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos
señalados en los apartados anteriores, se requerirá al interesado para que,
dentro del plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su solicitud.
Los que formaran parte de una bolsa, a la convocatoria de
una nueva deberán, si así lo desean, participar en la misma, procediéndose a la
valoración de los méritos alegados de acuerdo con lo previsto en la nueva
convocatoria.
Méritos
De acuerdo con el baremo y criterios de puntuación
establecidos en la
Resolución de la Secretaría General
de la Administración
de Justicia, de 29 de mayo de 2013 publicada en el BOE de 15 de junio de 2013 y
la Resolución
de 1 de julio de 2013, por la que se corrigen errores en la de 29 de mayo
publicada en el BOE de 13 de julio:
a) Expediente académico. b) Ser Doctor en Derecho y
calificación alcanzada en la obtención de este grado. c) Años de ejercicio
efectivo de la abogacía ante los Juzgados y Tribunales, dictámenes emitidos y
asesoramientos prestados. El tiempo de ejercicio profesional se computará desde
la fecha de la primera alta como ejerciente en cualquier Colegio. d) Haber
actuado como oficial habilitado y tiempo de duración de dicha habilitación. e)
Haber realizado tareas de sustitución de Secretarios Judiciales, Jueces o
Fiscales y tiempo efectivo de dichas sustituciones. f) Años de servicio
efectivo como profesores de disciplinas jurídicas en Universidades Públicas o
Privadas, o colaborador en Departamentos de tales disciplinas. g) Años de
servicio como funcionario de carrera o interino en cualesquiera otros Cuerpos
de las Administraciones Públicas para cuyo ingreso se exija expresamente estar
en posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho. El tiempo de
ejercicio profesional se computará desde que fueron nombrados funcionarios en
prácticas o desde la fecha de toma de posesión en su primer destino.
h) Publicaciones científico-jurídicas. i) Ponencias y
comunicaciones en congresos y cursos de interés jurídico. j) Realización de
cursos de especialización jurídica.
k) Haber aprobado alguno de los ejercicios que integren
las pruebas de acceso por el turno libre al Cuerpo de Secretarios Judiciales,
de la Carrera
Judicial o Fiscal o de cualquier oposición para la que se
exigiera tener la condición de Licenciado o Graduado en Derecho, en los últimos
5 años. l) Tiempo de servicios, en su caso, en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de
Justicia y en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. m) Tener
conocimientos de Derecho y/o de lengua propios en las Comunidades Autónomas que
cuenten con ellos.
En las Illes
Balears se formarán tres Bolsas de
Secretarios sustitutos, una para cada una de las Islas. Los solicitantes
deberán manifestar si aceptan formar
parte o no de la lista preferente de Mallorca, de Menorca y de Eivissa. En el
supuesto de que un mismo aspirante manifieste su deseo de estar en las tres
listas y por puntuación así le corresponda, deberá manifestar de forma expresa en cual de ellas desea ser incluido.
En la solicitud deberá marcarse la opción u opciones elegidas
Plazas
Baleares: Ciutadella de Menorca: 10/ 3 (cupo de reserva); Eivissa: 15/ 5 (cupo
reserva); Mallorca: 35/ 10 (cupo de reserva)
Dirección del Tribunal Superior de Justicia de Illes
Balears- Plaza des Mercat nº 12- 07071 Palma de Mallorca