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lunes, 8 de enero de 2024

Recordatorio MUGEJU: Cambio de entidad médica y plan de atención socio-sanitaria 2024

 

- Consulta el catálogo de las entidades médicas para este 2024

- CSIF reclama mayor presupuesto

- El modelo del mutualismo administrativo se ve amenazado por la falta de voluntad política en dotar al mismo de una financiación suficiente y, en algunos casos, directamente por quienes abogan por su eliminación.
08 de Enero de 2024

Publicada en el BOE la Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan ayudas de los Programas del Plan de Atención Socio-Sanitaria para 2024.

Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:

a) Programa de atención a personas mayores.

b) Programa de atención a personas con discapacidad.

c) Programas de atención a personas drogodependientes.

d) Ayudas derivadas de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos.

La concesión de estas ayudas estará condicionada al crédito consignado a tal fin en el presupuesto de la Mutualidad General Judicial para el ejercicio económico 2024.

Las solicitudes podrán presentarse online a través del portal del mutualista, o presencialmente, cumplimentando el impreso correspondiente si no se pudiese cursar la petición electrónicamente. Podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2024.

CSIF ha solicitado al Gobierno incrementar la financiación del concierto sanitario de las mutualidades para evitar recortes en la asistencia

El modelo del mutualismo administrativo se ve amenazado por la falta de voluntad política en dotar al mismo de una financiación suficiente y, en algunos casos, directamente por quienes abogan por su eliminación.

Frente a estar posiciones, CSIF siempre se ha mostrado firme públicamente y con hechos.

  • CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA

Del 1 al 31 de enero los mutualistas que así lo deseen podrán cambiar, POR UNA SOLA VEZ, de entidad médica o solicitar la atención sanitaria a través del servicio público de salud o viceversa. El cambio tendrá efectos desde el 1 de febrero.

En caso de cambio, los beneficiarios y beneficiarias se adscribirán a la misma entidad médica por la que opte el titular de quien dependa su derecho.

FORMAS DE PRESENTACIÓN:

Los mutualistas en activo deben realizar las solicitudes de trámites de MUGEJU a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los mutualistas jubilados o aquellos que justifiquen problemas de acceso a los medios electrónicos pueden presentar su solicitud presencialmente en las oficinas de MUGEJU, o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • PRESENCIALMENTE, cumplimentado el formulario correspondiente, en los Servicios Centrales de MUGEJU o en sus delegaciones.

Solamente si no presenta la solicitud por Internet: SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA. Si además el cambio de entidad médica fuera por cambio de destino o de residencia: FORMULARIO PARA VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES.

Al finalizar el trámite se le va a generar automáticamente el documento de acreditación de alta en el que constará la nueva entidad médica a la que se ha adscrito.

Con esta acreditación podrá hacer uso (hasta que la nueva entidad le remita la tarjeta sanitaria a su domicilio) de los servicios médicos de la entidad médica por la que haya optado a partir del 1 de febrero del año en curso.

Puedes consultar los cuadros médicos de las compañías para este 2024. Asegúrate que tus médicos/as están incluidos este año en el cuadro médico de tu compañía