SE RECUERDA
a
los mutualistas que el personal incluido en el Régimen Especial de Seguridad
Social de la Administración de Justicia esta integrado por dos mecanismos de
cobertura de protección social
>
Régimen de Clases Pasivas del Estado
>
El Mutualismo Judicial.
Las cotizaciones como
funcionario de la Administración de Justicia comprenden dos tipos de
cuotas.
a)
Cuota al Régimen de Clases Pasivas que se abona a efectos de jubilación y son
ingresadas en la Dirección General de Costes de Personal y Clases
Pasivas.
b)
Cuota a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), se abona a MUGEJU
exclusivamente a efectos de la cobertura de la asistencia sanitaria y otras
prestaciones mutuales.
A partir del 1 de
enero de 2011, el personal al
servicio de la Administración de Justicia, quedo integrado en Régimen General
de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley
13/2010, de 3 de diciembre, por lo que las cuotas de estos nuevos funcionarios
son:
a)
Cuota al Régimen General de la Seguridad Social a efectos de jubilación y son
ingresadas en la Tesorería General de la Seguridad Social.
b)
Cuota a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), se abona a MUGEJU
exclusivamente a efectos de la cobertura de la asistencia sanitaria y otras
prestaciones mutuales
Es
importante señalar que las cotizaciones que los funcionarios de la
administración de Justicia realizan a MUGEJU solo son a afectos de la cobertura
de la asistencia sanitaria y otras prestaciones sociales incluidas dentro de la
cobertura del Mutualismo Judicial, no generando derechos a efectos del cálculo
de la pensión de jubilación, por cuanto este Organismo no tiene entre sus
competencias la gestión de dicha prestación.
Los
mutualistas voluntarios
ingresan sus cuotas directamente a MUGEJU y aunque mantengan el alta
voluntaria en MUGEJU, estas cotizaciones, al igual que los mutualistas
obligatorios, tampoco le generan derechos a efectos de la
jubilación
INFORMACIÓN SOBRE
COTIZACIONES A EFECTOS DEL CÁLCULO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN DEL PERSONAL AL
SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Se
sugiere a los mutualistas que cuando precisen un certificado de los servicios
prestados o informe de vida laboral, como funcionarios en la administración de
Justicia, a efectos de jubilación, o necesiten información sobre el
cálculo de su pensión de jubilación se dirijan a:
>Unidad
de Personal de su destino, o al Organismo competente en la Gestión de Clases
Pasivas-Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas
Servicios
Centrales – Avda. de General Perón n 38 Edificio Master’s II- CP 28020
Madrid
Teléfono
de información gratuita: 900 503 055
Unidades
periféricas provinciales Página web: www.clasespasivas.sepg.pap.minhap.gob.es/
En
los casos de los nuevos funcionarios, incorporados a partir del 1 de enero de
2011 al Régimen General de la Seguridad Social.
>
Tesorería General de la Seguridad Social.
Servicios
Centrales C/ Astros 5 y 7 CP 28007 Madrid Teléfono: 91-5 0 03 80
00
Direcciones
Provinciales
Pagina
web www.seg-social.es