
Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los veinte
días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con excepción
de los apartados veinte (artículo 371.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial), veintiuno (artículo 373, apartados 2, 4,
6 y 7) y treinta y nueve (artículo 503.1) del artículo único y las
disposiciones transitorias segunda y tercera, que entrarán en vigor el
día siguiente al de la publicación de esta Ley en el «Boletín Oficial
del Estado».
CSIF siempre ha estado
comprometido con la recuperación y la mejora de los derechos laborales
del personal al servicio de la Administración de Justicia. Hoy, ese
compromiso se hace realidad tras la publicación en el BOE de la reforma
de la LOPJ, por la que:
- Se recuperan los 9 días de asuntos particulares con efectos retroactivos a 2017 (Art. 503.1 y Disposición Transitoria Segunda).
- La eliminación definitiva de los descuentos por Incapacidad Temporal para su aplicación inmediata en toto el territorio nacional (Art. 504.5).
- La regulación del concepto retributivo de la "carrera profesional" para Jueces, Fiscales, Letrados, Cuerpos Generales y Especiales, que deberá desarrollarse a través de Real Decreto, previa negociación colectiva, que establezca las cantidades iniciales de este complemento que será igual para todos los funcionarios de Justicia, lo que supone reforzar el carácter nacional de los Cuerpos de justicia que CSIF siempre ha defendido (Art. 403, 447, 516 y 519).
- La conversión en plantilla, previa negociación colectiva, de los refuerzos al cabo de tres años desde su nombramiento (Art. 489).
- El mantenimiento de nuestros actuales centros de destino
Ahora les toca a "otros sindicatos", quienes a lo
largo de estos últimos meses solo se han dedicado a lanzar falsas
acusaciones sobre los que estábamos trabajando sin descanso para frenar
la modificación de nuestros centros de destino y mejorar las condiciones
laborales, los que tengan que explicar a los trabajadores que
iniciativas y acciones llevaron a cabo para revertir esta reforma
legislativa.
Ahora deben ser las asociaciones de Letrados las
que deben rendir cuentas a sus asociados y explicarles que han hecho, al
margen de negar la participación de los Letrados en la huelga del 16N,
para lograr estas mejoras sustanciales en su condiciones laborales.
Unas mejoras laborales, como son la recuperación de los días de asuntos
particulares, la eliminación de los descuentos por IT, la regulación del
concepto retributivo de carrera profesional, la conversión de refuerzos
en plantilla y el mantenimiento de los centros de destino de las que se
beneficiarán todos los trabajadores de la Administración de Justicia,
incluido el Cuerpo de Letrados y que reafirma el carácter representativo
de las organizaciones sindicales.