El
plazo de cambio ordinario de entidad médica comenzó el pasado 1 de
enero y finaliza el 31 del mismo mes. Asegúrate que tu médico/médicos
están incluidos este año en el cuadro de tu compañía. Si necesitas más
información sobre MUGEJU consulta a los delegados de CSIF
06 de Enero de 2020

Los
mutualistas, cuando tramiten su alta en la Mutualidad General Judicial,
pueden optar por recibir asistencia sanitaria a través de una entidad
médica privada concertada (NUEVA MUTUA SANITARIA, ASISA, SEGURCAIXA
ADESLAS, CASER, DKV SEGUROS y MAPFRE FAMILIAR) o de los Servicios
Públicos de Salud de las CCAA o, en Ceuta y Melilla, a través del
INGESA. No obstante, los mutualistas pueden cambiar su opción de entidad
prestadora de la asistencia sanitaria en los siguientes supuestos:
- Cambio ordinario (Desde el 1 al 31 de enero de cada año)
Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez. El cambio de entidad médica tendrá efectos desde el 1 de febrero.
Para solicitar dicho cambio, deberán
presentar el modelo de SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA, marcando
la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido. Accede al modelo en este enlace.
- Cambio extraordinario (Durante todo el año). Sólo se admite, con carácter excepcional, en dos supuestos.
1.- Cuando se produzca un cambio de destino del/de la mutualista en activo, o de residencia del/de
la mutualista, jubilado/jubilada o del/de la titular no mutualista, que
implique, en todos los casos, un cambio de provincia. Para este cambio,
deberán presentar el modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y
VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES. Puedes encontrar el modelo en este enlace
Los mutualistas y las mutualistas en activo deberán adjuntar toma de posesión en el nuevo destino.
2.-Cuando, por circunstancias excepcionales (p.
ej. enfermedades muy graves), el mutualista o la mutualista obtenga la
conformidad expresa, por escrito, de las dos entidades afectadas.
Para solicitar este cambio, deberán presentar: El modelo de SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA (ver enlace en el apartado 1 de cambio ordinario), marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO y adjuntar los escritos de conformidad de las entidades afectadas.
En caso de cambio de entidad
médica, los beneficiarios y las beneficiarias se adscribirán a la misma
entidad médica por la que opte el titular de quien dependa su derecho.
Puedes consultar los cuadros médicos de las compañías en este enlace. Asegúrate que tu médico/médicos están incluidos este año en el cuadro de tu compañía.
Cambio de seguro de asistencia sanitaria en el extranjero
Como os informó CSIF hace unos días en nuestra web,
la MUGEJU ha cerrado un acuerdo para la asistencia sanitaria en el
extranjero para 2020 con la aseguradora SOS Compañía de Seguros y
reaseguros. La póliza amplía el límite por desplazamiento hasta los
30.000 euros.