29 de Enero de 2020

El
BOE de hoy publica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales en cuyo artículo 2 se establece la estructura del
Ministerio de Justicia.
"Artículo 2. Ministerio de Justicia.
"Artículo 2. Ministerio de Justicia.
1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General para la Innovación y
Calidad del Servicio Público de Justicia, con rango de Subsecretaría, de
la que dependen los siguientes órganos directivos:
- a. La Dirección General para el Servicio Público de Justicia
- b. La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia
- c. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.
B) La Subsecretaría de Justicia, de la que depende la Secretaría General Técnica.
C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.
2. Quedan suprimidas la
Secretaría General de la Administración de Justicia, la Dirección
General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección
General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y
Recuperación y Gestión de Activos, la Dirección General de los Registros
y del Notariado, la Dirección General para la Memoria Histórica y la
Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con
las Confesiones y Derechos Humanos."
Una remodelación profunda de lo que ha venido
siendo la estructura del Ministerio en los últimos decenios y de la que
falta conocer las competencias de cada uno de sus órganos y los nombres
de sus titulares.