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lunes, 16 de octubre de 2023

Auxilio judicial: publicado en el BOE el listado de aprobados y oferta plazas

  Plazo de presentación de la documentación oportuna: diez días hábiles, desde la publicación en el BOE. Se presentará en el Registro General del Ministerio.

- Solicitud de destino: 10 días hábiles. Se ajustará a los requerimientos que se establezcan en la Oferta de plazas por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.

16 de Octubre de 2023

CSIF JUSTICIA publicadas en el BOE las siguientes resoluciones:

Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/1122/2023, de 20 de septiembre, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

  • OFERTA PLAZAS

  • ÁMBITO MINISTERIO: Orden JUS/1123/2023, de 20 de septiembre, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

COMUNITAT VALENCIANA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

COMUNIDAD DE MADRID

ACCESO WEB MINISTERIO

En el plazo de diez días hábiles, desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que figuran en el anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037- Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justicia, la siguiente documentación:

a) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

b) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:

Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.

Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

c) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo I).

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la base cuarta de la Orden de Convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Con respecto a la presentación de la solicitud de destino no se regirá por lo dispuesto en el apartado segundo de esta Orden, sino que se ajustará a los requerimientos que se establezcan en la Oferta de plazas publicada en este mismo «Boletín Oficial del Estado» por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.

Por ejemplo, en territorio ministerio todas las solicitudes de destino se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción, en Comunidad de Madrid, las solicitudes de este ámbito se presentarán a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid directamente o a través de las diferentes Oficinas de Atención al Ciudadano de la misma.