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lunes, 10 de junio de 2019

CSIF logra que la MUGEJU actualice la cartera de servicios, mejorando las prestaciones de mutualistas y beneficiarios

Queda demostrado, como ha denunciado CSIF, que los nuevos miembros del Consejo General de la Mutualidad (donde están los representantes de staj) se preocupan más de ocupar el sillón otorgado a dedo que de la salud de los mutualistas y beneficiarios
10 de Junio de 2019
Tal y como solicitó CSIF hace unos días, la MUGEJU publica hoy en su web la modificación de su cartera de servicios, incluyendo la totalidad de las peticiones que le hicimos llegar a la Mutualidad mendiante escrito el pasado mes de mayo.

Las principales modificaciones de la Cartera de Servicios que se introducen son:
  • Entre las actuaciones del cribado poblacional de cáncer de cérvix, se incorporará la determinación del virus del papiloma humano de alto riesgo. La implantación del cribado se hará de manera progresiva de manera que en el plazo de 5 años desde la entrada en vigor de la Orden las administraciones sanitarias y las mutualidades deberán haber iniciado este programa y en 10 años la cobertura, entendida como invitación a participar, se aproximará al cien por ciento.
Las modificaciones introducidas en el cribado poblacional del cáncer de cérvix, quedarán incorporadas, en el Concierto de Asistencia Sanitaria de mutualistas de MUGEJU vigente (cláusula 2.2.2) con los calendarios de implantación recogidos en la Orden.
  • Incorporar la micropigmentación de la areola mamaria y del pezón como parte de la reconstrucción mamaria en mujeres mastectomizadas, que ya se encontraba recogido en el vigente Concierto de Asistencia Sanitaria.
  • Como parte de los productos sanitarios se facilitará, siguiendo el correspondiente protocolo, el lector ocular u otro sistema de comunicación para pacientes con trastornos neuromotores graves, con afectación severa de ambos miembros superiores e imposibilidad de comunicación oral o escrita, fundamentalmente pacientes con esclerosis lateral amiotrófica, trombosis de la arteria basilar, parálisis cerebral infantil, traumatismo craneoencefálico y mielinosis pontina, con suficiente capacidad mental, intelectual, de aprendizaje y de control para su manejo de forma segura y eficaz.
  • Aumentar la edad de financiación de los audífonos de los 16 hasta los 20 años, incorporando anualmente un tramo mínimo de dos años hasta alcanzar los 26 años. Esta modificación se incorporará al nuevo catálogo de prestación ortoprotésica que MUGEJU elaborará en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, conforme a lo previsto en la disposición adicional 4ª de la misma.