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viernes, 23 de octubre de 2020

La MUGEJU presenta una última propuesta de rpts de la mutualidad insuficiente

 CSIF no puede estar de acuerdo con que queden al margen la definición de específicos diferenciados para los puestos singularizados.


La MUGEJU tampoco ha sido capaz de explicar por qué deja 15 puestos singularizados a los que se les podría aplicar el mismo criterio que ha servido para que aceptara la transformación en genéricos de los 48 puestos que inicialmente eran singularizados y que ahora se convierten en genéricos.

Por otro lado, la conversión de muchas plazas en genéricas se ha hecho degradando la denominación que inicialmente se les había dado de Jefaturas y que ahora pasan a ser simples gestores y tramitadores de apoyo. Cabe preguntarse si eso es lo que valen los funcionarios de Justicia para la MUGEJU y para el Ministerio de Justicia que un día los denomina jefes y otro, los degrada a funcionarios rasos para evitar la obligación de pagar un complemento específico más alto.

Este cambio de denominación impide un principio de promoción profesional o carrera dentro de la mutualidad para el personal de Justicia allí destinado y elimina la posibilidad de que un mayor número de funcionarios/as pudieran beneficiarse de una negociación de específicos para puestos singularizados.

En realidad, los puestos singularizados que había en la penúltima propuesta de la MUGEJU sólo tenían en su descripción una valoración de méritos lo que no impedía que quien no tuviera esos méritos pudiera acceder a ese puesto de trabajo. Lo dice la ley pero, es que además, en la NOJ son muchas las plazas singularizadas en las que sólo se evalúan méritos que se cubren y se han cubierto por escalafón tal y como se cubre una plaza genérica. No es cierto pues, que la calificación dej singularizado impida que todo el mundo pueda acceder a ese puesto de trabajo..

Por el contrario, la eliminación de plazas singularizadas con méritos dificulta el desarrollo de las unidades administrativas e impide que Gestores, Tramitadores y Auxilios con formaciones diversas a la estrictamente jurídica (con conocimientos en economía, informática etc…), puedan acceder a puestos de trabajo distintos a los estrictamente judiciales dentro de la Administración de Justicia.

Además, la MUGEJU vuelve a dejar en la estacada a los funcionarios de La Rioja al no incrementar la rpt con, al menos un puesto de funcionario y deja a esa Comunidad autónoma como la única sin personal fijo de la mutualidad en perjuicio de todos los mutualistas. Ni tampoco, se ha querido entrar en la reconfiguración de la rpt de las CCAA insulares o de las peculiaridades de Ceuta y Melilla.

La MUGEJU tampoco ha querido abordar el tema del personal colaborador que si bien no son personal de rpt de la MUGEJU prestan un importante servicio a los mutualistas allá donde no hay oficina. Ni tampoco se ha querido entrar en el trabajo que se realiza en las delegaciones por un personal que, en las CCAA transferidas son el peor pagado de la Comunidad autónoma respectiva.

Tampoco se ha querido entrar a fondo en el tema de las gratificaciones ni en las productividades salvo un compromiso verbal del Gerente de revisar ese asunto, aunque dejando claro que las primeras, las que se han repartido de forma opaca en los últimos años dependen de otros órganos del Ministerio. Frente al mantra de la Administración de que no hay dinero, la realidad de los últimos años demuestra que sí lo hay.

Con todo, el trabajo de CSIF durante la negociación ha servido para:

  • mejorar la ratio entre puestos genéricos y específicos.
  • introducir el tipo de jornada y aclarar que la jornada ordinaria es la misma que la de los Juzgados.
  • corregir al alza las cantidades que se habían consignado en los complementos de las rpts,
  • obligar a la MUGEJU a dar formación inicial cuando se llega a la MUGEJU, aunque no se haya aclarado cómo se va a hacer.
  • obligar a que la MUGEJU regularice a través de los concursos oportunos las plazas existentes en la MUGEJU aunque habrá que ver si cumplen o, como viene siendo habitual, a pesar de las sentencias, no lo hacen.
  • poner en evidencia a quienes en 2019 apoyaron la imposición de unas rpts insostenibles y ridículas.

CSIF va a seguir defendiendo los intereses de los mutualistas, por este motivo tenemos recurrido el infame Real Decreto de estructura de la MUGEJU eliminó todo atisbo de representatividad en la designación de los órganos de control callando la voz de los mutualistas y con el aval de dos sindicatos que se mantienen en el Consejo General.

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