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miércoles, 29 de mayo de 2019

CSIF sigue trabajando para ampliar la oferta formativa a sus afiliados en la Administración de Justicia










Para CSIF, la formación es un pilar básico en el desarrollo profesional de los empleados públicos y, en este sentido, quiere ofrecer las mejores ofertas formativas a sus afiliados aprovechando su capacidad organizativa y el uso de una moderna plataforma de formación online.


Por este motivo, CSIF va a seguir ofreciendo, en las próximas fechas, formación homologada a sus afiliados, como la que ya está en marcha en estos momentos y que ha tenido una gran acogida entre los opositores.
En relación con las dudas sembradas por algún sindicato sobre la validez de los cursos homologados en créditos ECTS en la fase de méritos de la fase de concurso de las próximas oposiciones en la Administración de Justicia, desde CSIF queremos aclarar lo siguiente:
  • El pasado 15 de marzo se publicaron en el BOE las bases comunes que regirán los procesos selectivos de la Administración de Justicia, donde se establece que se valorarán en la fase de concurso los cursos homologados por el sistema universitario español.
  • Cualquier curso homologado por el sistema universitario español acredita créditos ECTS.
  • Los títulos universitarios superiores tienen un mínimo de créditos para completar los mismos. Dentro de estos créditos están los llamados de “libre configuración” que sirven para poder llegar al número exigido de créditos para la titulación.
  • Los créditos ECTS también sirven para homologar conocimientos obtenidos en cursos específicos como formación continua o en aprendizaje no formal sin que se incluyan dentro de los créditos mínimos para obtener un título universitario superior.
Por tanto, si un curso homologado por una Universidad con créditos ECTS se ha realizado durante el transcurso de los estudios universitarios para obtener la titulación y dicha titulación se presentase como requisito o mérito, el citado curso no sería baremable en los procesos selectivos de la Administración de Justicia.
Por el contrario, si un curso homologado por una Universidad con créditos ECTS se ha realizado después de la finalización de los estudios universitarios o no se ha presentado ninguna titulación universitaria que se haya completado con los créditos del curso o cursos homologados, este curso o cursos son válidos como mérito tal y como se contempla en las bases de los procesos selectivos de la Administración de Justicia.

En consecuencia, no es cierto, como asegura algún sindicato, que se pueda excluir de la valoración de méritos un curso por el mero hecho de estar homologado en créditos ECTS. Las bases son muy claras. Lo que se excluye de la valoración de méritos son los cursos que, efectivamente, se hayan incluido por el opositor dentro de la programación de créditos conducente a la obtención de un título universitario.




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