Para CSIF, la formación es un pilar básico en el desarrollo profesional de los empleados públicos y, en este sentido, quiere ofrecer las mejores ofertas formativas a sus afiliados aprovechando su capacidad organizativa y el uso de una moderna plataforma de formación online.
Por este motivo, CSIF va a seguir
ofreciendo, en las próximas fechas, formación homologada a sus
afiliados, como la que ya está en marcha en estos momentos y que ha
tenido una gran acogida entre los opositores.
En relación con las dudas sembradas por algún
sindicato sobre la validez de los cursos homologados en créditos ECTS en
la fase de méritos de la fase de concurso de las próximas oposiciones
en la Administración de Justicia, desde CSIF queremos aclarar lo siguiente:
- El pasado 15 de marzo se publicaron en el BOE las bases comunes que regirán los procesos selectivos de la Administración de Justicia, donde se establece que se valorarán en la fase de concurso los cursos homologados por el sistema universitario español.
- Cualquier curso homologado por el sistema universitario español acredita créditos ECTS.
- Los títulos universitarios superiores tienen un mínimo de créditos para completar los mismos. Dentro de estos créditos están los llamados de “libre configuración” que sirven para poder llegar al número exigido de créditos para la titulación.
- Los créditos ECTS también sirven para homologar conocimientos obtenidos en cursos específicos como formación continua o en aprendizaje no formal sin que se incluyan dentro de los créditos mínimos para obtener un título universitario superior.
Por tanto, si un curso homologado por una
Universidad con créditos ECTS se ha realizado durante el transcurso de
los estudios universitarios para obtener la titulación y dicha
titulación se presentase como requisito o mérito, el citado curso no
sería baremable en los procesos selectivos de la Administración de
Justicia.
Por el contrario, si un curso homologado por una
Universidad con créditos ECTS se ha realizado después de la finalización
de los estudios universitarios o no se ha presentado ninguna titulación
universitaria que se haya completado con los créditos del curso o
cursos homologados, este curso o cursos son válidos como mérito tal y
como se contempla en las bases de los procesos selectivos de la
Administración de Justicia.
En consecuencia, no es cierto, como
asegura algún sindicato, que se pueda excluir de la valoración de
méritos un curso por el mero hecho de estar homologado en créditos ECTS.
Las bases son muy claras. Lo que se excluye de la valoración de méritos
son los cursos que, efectivamente, se hayan incluido por el opositor
dentro de la programación de créditos conducente a la obtención de un
título universitario.
Ficheros Adjuntos: