Se
garantizan las retribuciones tanto a los mutualistas que iniciaron la
incapacidad temporal antes de la declaración del estado de alarma como a
quienes la inician dentro de este periodo excepcional.
07 de Abril de 2020

A requerimiento
de CSIF, el Gobierno garantiza a todos los mutualistas, de la
Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que comiencen o continúen una
situación de incapacidad temporal, la percepción de sus retribuciones
durante la vigencia del estado de alarma.
Para CSIF hay aspectos confusos y estamos a la espera de la publicación mañana en el BOE para saber los detalles de cómo se va a materializar.
En principio en la nota de prensa del Consejo de
Ministros se hace referencia al 4º mes ya que en MUFACE el pago por la
mutualidad se hace a partir de ese mes mientras que en MUGEJU es el
sexto el que marca la diferencia. Entendemos que se hará referencia a la
normativa de MUGEJU.
Por otro lado, también habrá que examinar si se ha
previsto el pago correspondiente a la nómina de marzo y si se ha
previsto comunicar a las CCAA para que hagan frente al mismo hasta que
termine esta situación excepcional.
Desde CSIF nos preguntamos dónde están los órganos de control de la MUGEJU
y dónde están aquellos sindicatos que forman parte de los mismos y que
permanecen tan callados como la propia MUGEJU dejando abandonados a los
mutualistas.
En CSIF vamos a seguir defendiendo los
intereses y los derechos de todos los mutualistas y, cuando esto
termine, vamos a pedir responsabilidades por la inacción y el abandono.
Además, está demostrado que, como denunciamos en su día, la imposición
de unos órganos de control de designación digital no era la mejor
fórmula para "modernizar" la MUGEJU.
Os adjuntamos la nota de prensa.
Ficheros Adjuntos: